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Alivio para mipymes

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Cristian Carrillo

Economía implementó una resolución que beneficia en particular a micro y pequeñas empresas, que poseen cerca de la mitad del stock de deuda total.

Universo. Con una tasa de interés máxima del 5,91% mensual, prevé alcanzar a más de 650.000 contribuyentes.

Foto: Horacio Paone

El Ministerio de Economía implementó un paquete de medidas excepcionales, debido a la escasez de divisas y al proceso inflacionario, incluyendo una unidad de análisis de comercio para controlar las operaciones de compraventa en el mercado interno y un plan de alivio fiscal para pequeñas y medianas empresas. En ese marco, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2023. La iniciativa, que contempla una tasa de interés máxima del 5,91% mensual, incluye a monotributistas. Estas medidas buscan evitar especulaciones y transferencias de recursos hacia grandes grupos, y su eficacia se irá monitoreando a medida que se implementen.
La medida busca también solucionar la compleja situación de la moratoria implementada durante la pandemia. «El ajuste de las cuotas por la tasa BADLAR se diferirá en el tiempo, generando un alivio fiscal efectivo del 50% de la cuota a pagar. Esto, junto con la posibilidad de refinanciar las deudas, es un alivio para las pymes endeudadas y afectadas por la inflación y las restricciones en el nivel de consumo», explicó a la revista Acción el titular de la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme) de Mar del Plata, Gustavo Casciotti.
La AFIP instrumentó un plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y del tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima del 5,9% mensual. En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta. No implica una condonación de deuda. Este plan se creó por una Resolución General y para condonar intereses y multas es necesario una Ley del Congreso Nacional.
A través del nuevo régimen aprobado por la AFIP, se prevé alcanzar a más de 650.000 contribuyentes. El monto de deuda a regularizar asciende a 456.000 millones de pesos y corresponde principalmente a IVA, ganancias, y aportes y contribuciones a la seguridad social, entre otros tributos. Incluye también los intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión, tanto en vía administrativa como judicial, y comprende a la deuda de capital.
Las principales beneficiadas serán las micro y pequeñas empresas, que representan el 48% del universo de firmas alcanzado por la medida y poseen el 42% del stock de deuda total. En tanto, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan al 31,2% de las personas que mantienen obligaciones vencidas con el organismo, por el 3% del monto total. El resto de los contribuyentes lo completan las empresas medianas.

Por qué y para qué
«Habría que hacer al menos dos reflexiones iniciales para poder entender más y mejor el sentido de estas medidas, el por qué y el para qué. Primero, tendríamos que considerar que se trata de medidas tal vez excepcionales en un marco verdaderamente extraordinario, signado por la especulación, por la generación de fuertes expectativas agitadas, indiscutiblemente en el marco de un año preelectoral. Y atravesadas por un signo distintivo de estos últimos tiempos, que es la escasez de divisas», señaló Casciotti. El dirigente gremial detalló que, la sequía, con su consecuente reducción de las exportaciones e ingreso de divisas a la par de disminución de ingresos fiscales, «determina que se tengan que tomar medidas extraordinarias disparadas, fundamentalmente, a partir del último anuncio del índice de precios al consumidor (IPC) correspondiente a abril del 8,4%. Y la segunda reflexión está relacionada precisamente con la rápida implementación o anuncio de medidas para evitar tal vez lo que sucedió el mes pasado, cuando el INDEC, al anunciar el IPC, se generó una verdadera corrida que impactó lisa y llanamente en el precio de los productos y servicios que consumimos», detalló Casciotti. «La medida introduce un concepto necesario, imperioso diría yo en este momento, que es el de la segmentación, porque efectivamente las pequeñas y medianas empresas van a poder acceder a cuotas para refinanciar sus deudas devengadas hasta el 30 de abril por hasta más de 80 meses, con tasas del orden del 3,55%, la cual va creciendo conforme la envergadura de la empresa», opinó el titular de Apyme Mar del Plata.
La medida además repara una situación bastante compleja, que se había suscitado con la moratoria implementada durante la pandemia, que preveía precisamente a partir de mayo de este año, el ajuste de las cuotas por la tasa BADLAR, que hizo que el valor de las cuotas de la moratoria, se multiplicaran hasta por tres. «En el marco de este alivio fiscal se prevé que una parte de ese ajuste, se estima cerca de un 50%, pueda ser diferido en el tiempo, con lo cual en la práctica se genera un alivio efectivo del 50% de la cuota que tendría que pagar el contribuyente a partir de mayo», explicó Casciotti.
Con el anuncio de la AFIP, la posibilidad de refinanciar sus obligaciones implica un verdadero alivio fiscal en momentos en que el sector de las mipymes se encuentra realmente atenazado por incrementos de costos internos. «Con lo cual estas medidas parecen oportunas precisamente para tratar de contener las distintas variables económicas», detalló el dirigente de Apyme.

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