Política | CONFLICTO POR EL ATUEL

Las aguas bajan turbias

Tiempo de lectura: ...
María Soledad Iparraguirre

Las provincias de Mendoza y La Pampa disputan el acceso y el uso del río en el marco de un litigio que llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La trama de la histórica pelea por un recurso vital. 

El Nihuil. Los orígenes del diferendo se remontan a la construcción de la represa, en 1947.

Foto: Shutterstock

Los conflictos medioambientales que refieren a la apropiación y el uso de los recursos naturales suelen dirimirse entre empresas multinacionales y comunidades afectadas que defienden su territorio y el ambiente. Sin embargo, la historia de la puja por el Atuel (afluente del río Desaguadero, con una longitud aproximada de 550 kilómetros) enfrenta a dos provincias: Mendoza y La Pampa.
El litigio lleva más de setenta años y, a fuerza de reiterados reclamos desde tierra pampeana, terminó siendo judicializado. El contexto de cambio climático agrava la situación, en los últimos años, la escasez de precipitaciones durante el verano y las reiteradas sequías amplifican el requerimiento de los pampeanos, mientras Mendoza esgrime que son recurrentes los períodos de falta de agua.
Los albores de la batalla por el agua se remontan a la construcción de la represa El Nihuil en Mendoza, en 1947. En La Pampa, las consecuencias no se hicieron esperar y los lugareños denuncian que, desde ese entonces, Mendoza los dejó sin agua, convirtiendo parte del territorio pampeano en zona desértica, lo que obligó a que muchos emigraran.

«Yo puedo hablar más que nada de la dimensión institucional y jurídica, que es una de las patas del conflicto, quizá la más formal y evidente porque transita por los canales judiciales y porque quienes están llevando la bandera son los actores más poderosos, en este caso, los gobiernos de Mendoza y de La Pampa. Hay otras facetas de la disputa que son las de las asambleas o los mismos pobladores que no necesariamente van a definir el conflicto», señala Paula Mussetta, investigadora del CONICET Mendoza y docente de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Cuyo.


Fallos y actores
En el recorrido judicial de la larga disputa por el Atuel se destacan dos fallos de la Corte Suprema de Justicia; uno, en 1987, y otro, más abarcativo, de 2014. En ambos dictámenes, el alto tribunal dispuso que Mendoza debe garantizar la entrega de un caudal mínimo permanente de agua de 3,2 metros cúbicos por segundo a la provincia de La Pampa. En el último, la Corte determinó que «ese es el caudal recomendado por el Instituto Nacional del Agua (INA) como instrumento de posible cese del daño ambiental ocasionado por la falta de escurrimiento del río Atuel en territorio pampeano». En diciembre pasado, la causa llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Junto a la Fundación Chadileuvú y la Asamblea por los Ríos Pampeanos, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez denunció a Mendoza por despojar de agua a La Pampa. El tribunal internacional le dio al Gobierno nacional un plazo de tres meses para explicar las razones del incumplimiento mendocino y le exige que garantice el caudal mínimo de agua estipulado por la Corte.

«Hay que tener en cuenta que antes de la primera judicialización del conflicto, el Estado argentino fue un actor decisivo. Por un lado, estaba comprometido en la discusión por el uso del agua; reconocía con algunas resoluciones derechos sobre el Atuel, pero también se mostraba permisivo ante los incumplimientos de Mendoza. En ese contexto no hay que olvidar que el Estado nacional construyó la represa de Nihuil (hoy, en manos de la provincia) en tiempos de planificación del desarrollo y de la energía hidroeléctrica. Es decir, históricamente, el Estado nacional ha tenido una posición ambigua y ambivalente, de poco compromiso en la causa del Atuel», indica Mussetta.


Complejidades
Facundo Rojas, investigador adjunto del CONICET en el Grupo de Historia Ambiental, del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), empezó a incluir la problemática del Atuel en sus trabajos académicos al considerar que desde el lado mendocino el tema «estaba invisibilizado». En «Conflicto por la apropiación del río Atuel entre Mendoza y La Pampa», ponencia desarrollada junto con la investigadora Lucrecia Wagner, parte de la premisa de que «la provincia de Mendoza —la contraparte institucional del conflicto— ha solido ser antagónica o al menos indiferente durante mucho tiempo».

«Esto no tiene que ver en absoluto con tomar partido por uno u otro bando en disputa», precisa Rojas. «Sí se debe mencionar que hay una clara expropiación de agua hacia la cuenca baja que hoy es La Pampa y que Mendoza ha hecho muchas artimañas hasta el día de hoy para no entregar el agua a La Pampa», añade.

Sin embargo, existen otros factores que complejizan la histórica puja por el agua, como el rango de incidencia de los gobiernos provinciales en cuanto a la apropiación del recurso en desmedro de la provincia vecina o el antagonismo manifiesto en las comunidades respecto de la defensa del bien. «Todo el oeste de La Pampa es una zona pobre y bastante abandonada por los Estados, incluso en la segunda mitad del siglo XX no hay grandes inversiones del Estado pampeano ni del nacional. También hay que decir que, aunque corriera toda el agua que se reclama, no necesariamente cambiaría o resolvería la situación», grafica Rojas.

Hoy, más allá de la escalada judicial, en la puja por el Atuel se dirimen cuestiones poco abordadas en el pasado reciente, y esto responde, básicamente, a la modificación de la Constitución Nacional en 1994, que permitió que, desde la legislación vigente, se reconocieran los derechos ambientales, en tanto los recursos naturales pasaron a ser objetos jurídicos tutelados y protegidos.  «Me resulta interesante destacar la importancia del derecho ambiental, más que nada en este momento en que se ponen en duda los mecanismos de regulación y protección del ambiente y de los recursos naturales. Aun cuando todavía no se traduce en la praxis la materialización del acceso concreto al agua para los pampeanos, el derecho y la política ambientales no son suficientes, pero sirven; por eso hay que protegerlos y reforzarlos. Sin esa legislación ambiental ‒concluye Mussetta‒, La Pampa tendría caducada su posibilidad de derecho a reclamo».

Estás leyendo:

Política CONFLICTO POR EL ATUEL

Las aguas bajan turbias

Dejar un comentario

Tenés que estar identificado para dejar un comentario.