31 de octubre de 2019
La AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de Ganancias a las operaciones con medios electrónicos como Mercado Pago, Todo Pago, PayU o Naranja X, entre otras. De esta forma, los comercios y empresas que usen billeteras electrónicas para cobrar los bienes o servicios que venden deberán pagar los mismos impuestos que con el resto de las tarjetas tradicionales. «Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito», explicaron desde la AFIP. Las cifras son similares a las establecidas para las compras directas: 0,5% para tarjetas de débito y 1% para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos. «De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado», agregaron. En el texto de la medida, se detalla que quedarán exentas las microempresas que están registradas en la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las «potenciales microempresas». La modificación se aplicará a las liquidaciones efectuadas a partir del 19 de noviembre.
