27 de septiembre de 2018
Presupuesto. El ministro Nicolás Dujovne presentó el proyecto de ley en el Congreso. (NA)La historia vuelve a repetirse. Cada vez que el FMI condiciona la política económica del país, el Poder Ejecutivo intenta aplicar el Impuesto a las Ganancias a las cooperativas y mutuales, para recaudar fondos con destino a pagar los intereses de la deuda externa. Y como era de prever, el proyecto de Presupuesto para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1º de enero de 2019 establece en su artículo 85: «La exención prevista en los incisos d) y g) no será aplicable a los resultados provenientes de actividades de ahorro, de crédito y/o financieras o de seguros y/o de reaseguros, cualquiera sea la modalidad en que se desarrollen…». En otras palabras, las cooperativas y mutuales que operan en esos rubros dejarían de estar exentas de dicho tributo en el caso de aprobarse la norma mencionada.
A fines del año pasado, la acción conjunta de todo el movimiento cooperativo y mutual, acompañado por un gran número de organizaciones sociales, concejos deliberantes y cámaras empresarias, logró dejar sin efecto el intento por gravar con el Impuesto a las Ganancias a entidades que, por su naturaleza, carecen de fines de lucro. Hay que dejar en claro que las instituciones de la economía solidaria contribuyen permanentemente al mejoramiento de la calidad de vida de la población, mediante prestaciones de bienes y servicios que igualan o superan con creces el aporte que debería hacer el Estado nacional y los estados provinciales.
Por otra parte, las confederaciones representativas del sector han manifestado su disposición para contribuir al presupuesto nacional incrementando del 2% al 3% el aporte sobre su patrimonio, tengan o no excedentes, según lo establece la ley 23.427. En otras palabras, hay voluntad de aportar recursos, pero siempre sobre la base del respeto a la naturaleza jurídica. Porque gravar con Ganancias a las cooperativas es desconocer su carácter y poner en peligro su capacidad de formación de patrimonio social al servicio de la comunidad.
Los fundamentos en tal sentido son claros y contundentes. Las cooperativas, definidas por la ley 20.337, son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua, para organizar y prestar servicios. Esto constituye su objeto institucional, su motivación creadora, la finalidad concreta de las cooperativas, a diferencia de otros entes para los cuales su actividad es s0lo un medio para obtener ganancias.
La naturaleza no lucrativa de las cooperativas se fundamenta, en primer lugar, en el carácter que asumen las diferencias positivas que eventualmente arrojan sus balances. Estas diferencias no constituyen ganancias como en las empresas lucrativas, sino excedentes, porque surgen de un exceso en la estimación preventiva que realizó la cooperativa del costo de sus servicios al fijar el precio provisorio de los mismos. Los excedentes son de propiedad de los asociados en la medida en que cada uno contribuyó a formarlos y anualmente retornan a ellos en estricta proporción a las operaciones realizadas con la entidad, o bien pueden capitalizarse para fortalecer el patrimonio de la entidad (ver el artículo 42 de la ley 20.337). Nuestra legislación positiva recoge este precepto doctrinario y establece consecuentemente, de manera concreta y obligatoria, el destino de los excedentes cooperativos. En resumen, las cooperativas no lucran ni podrían lucrar, no solo porque lo imposibilita el sistema doctrinario en que se fundan sino también porque lo prohíbe en términos expresos la legislación que las rige. Prohibición esta que –no debe olvidarse– se encuentra sujeta a fiscalización permanente por parte del propio Estado.
Estas consideraciones quedarían incompletas si no se tuviera en cuenta la raíz de estas medidas anticooperativas. La historia demuestra que tales intentos aparecen siempre en el marco de gobiernos y políticas neoliberales. Y no es por casualidad. Si lo que se privilegia es la máxima ganancia de los grandes grupos económicos y se achica el papel del Estado como regulador, la economía social y solidaria es un obstáculo. Entre otras cosas, porque demuestra que es posible organizar la producción, distribución y comercialización de bienes y servicios con carácter democrático y para beneficio del conjunto de la comunidad.