28 de octubre de 2024
El Gobierno estableció un nuevo marco normativo para regular los planes de salud, permitiendo que las prepagas y obras sociales puedan limitar las coberturas de medicamentos y tratamientos, ya que solo podrán ser prescriptos por médicos que integren la cartilla del agente de seguro sanitario correspondiente. La medida fue oficializada hoy a través de la Resolución 3934/2024, que restringe la posibilidad de que las recetas y órdenes en los planes cerrados puedan ser realizadas por cualquier profesional. En los argumentos de la decisión, se explica que el hábito que estaba permitido «refleja un riesgo de desfinanciamiento para los Agentes del Seguro de Salud, dado que la cobertura de prácticas o medicamentos no previstos adecuadamente en sus planes de salud puede comprometer la sostenibilidad financiera del sistema». Al mismo tiempo, el Gobierno al crear el Registro de Agentes del Seguro de Salud, dispuso que los pequeños contribuyentes podrán elegir solamente entre los prestadores que se inscriban previamente en dicho registro voluntario. En el flamante registro «se inscribirán las entidades del Sistema Nacional del seguro de Salud que acepten recibir, como parte integrante de su población beneficiaria, a los pequeños contribuyentes adheridos» a ese régimen impositivo.
