19 de agosto de 2024
La Justicia dictó el primer fallo de fondo sobre la desregulación que el Gobierno hizo de las empresas de medicina prepaga: la Cámara Federal de Paraná declaró inconstitucional ese artículo del mega DNU 70/23l. El fallo es por la demanda que inició un afiliado de la empresa Osde para que se dejen sin efecto los aumentos realizados tras la desregulación del sector. Los jueces declararon la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU oficial. Hasta ese decreto, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), organismo del Estado, tenía la obligación de observar los costos mensuales del servicio y autorizaba o no cada suba. El actual Superintendente de Servicios de Salud, Gabriel Oriolo, aclaró en su cuenta de X que la decisión de la Justicia tiene efecto solo para el caso puntual en cuestión, por lo que en principio no pueden esperarse modificaciones en los valores de las cuotas del resto de las empresas de medicina prepaga ni para el resto de los usuarios de Osde. El funcionario aseguró que el fallo «no tiene un efecto derogatorio de la norma» y ratificó que «la SSS no recobrará ninguna facultad de intervención en el valor de las cuotas».
