4 de enero de 2024
El juez Enrique Lavié Pico, del fuero contencioso administrativo, abrió la feria judicial respondiendo afirmativamente a una solicitud del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y de Jorge Rizzo, expresidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal. De este modo revirtió el amparo colectivo que tramitaba en ese fuero y en el que el gobierno aspiraba a reunir todos los planteos contra el DNU. El magistrado declaró la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo -que había sido establecida tras la presentación del Observatorio de Derecho de la Ciudad– y comunicó al Registro de Procesos Colectivos, para su “desvinculación inmediata”. Lavié Pico, de turno en la feria judicial- ordenó que sean remitidas a “las jurisdicciones correspondientes las actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso colectivo”. Con esta medida habilita a que los jueces federales de distintas jurisdicciones puedan tramitar y resolver en los casos que se abran contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23. La Procuración del Tesoro podría apelar la decisión del juez Lavié Pico para que sea revisada por la Cámara de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo Federal.
