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Fallo contra el DNU que declara a las telecomunicaciones como servicio público

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La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a la medida cautelar pretendida por la empresa Telefónica S.A, con el fin de interrumpir el funcionamiento de varios artículos del DNU 690/2020.  Con el voto mayoritario de los jueces Liliana María Heiland y Rodolfo Eduardo Facio, se suspendieron los efectos de los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, y 6º del DNU 690/2020 y de las resoluciones 1466/2020, 203/2021 y 204/2021, emitidas por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), por el plazo de seis meses o hasta el dictado de la sentencia definitiva.  Según consignan diversos medios, fuentes consultadas del ENACOM indicaron que van a apelar a este y los otros fallos presentados por las empresas que tuvieron el visto bueno por parte de la justicia, alegando la constitucionalidad de la medida ya que fue aprobada tanto en el Senado como en Diputados.

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